lunes, 11 de julio de 2011

PIURA: Congreso oficializa Ley de reactivación del Parque Industrial de Sullana

A fin de promover de manera prioritaria las actividades productivas y de exportación de las empresas instaladas o por establecerse en esta provincia.

La Ley 29748 establece que la reactivación y promoción del parque industrial en la provincia de Sullana, en adelante Parque Industrial de Sullana, fue establecido por la Ley 16642, y adecuado a la Ley Marco de Desarrollo de Parque Industriales (Ley 28183).


El gobierno regional de Piura, tendrá que determinar dentro de su circunscripción territorial, la zona de expansión del parque industrial. Para tal efecto, coordinará con los gobiernos locales y los representantes de las empresas la ubicación o reubicación, delimitación y expansión del mismo.

Asimismo la administración regional y los municipios fijarán las condiciones de financiamiento y afianzamiento necesarias y demás pertinentes para la cesión en uso o venta de los establecimientos exclusivamente para empresas de giro industrial y de transformación ubicadas en la zona de expansión del parque industrial, el cual debe contar con el respectivo saneamiento físico-legal.

Se constituyen recursos del Parque Industrial de Sullana los que se obtengan producto de la administración de su patrimonio, los fondos provenientes de préstamos convenios de financiación, nacionales o internacionales o con entidades públicas y privadas, los aportes de sus integrantes, las donaciones y legados, así como otros que se le asigne y obtenga conforme a ley.

Las empresas a instalarse en el parque industrial de Sullana se acogen a los beneficios e incentivos que aprueben el Gobierno Nacional, el gobierno regional y el local para el mejor cumplimiento de la presente ley.

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